Guías legales

Tu trámite, explicado en simple

Despliega cada guía y conoce qué es, los requisitos, el paso a paso y los documentos que necesitas. Y más abajo, las etapas del proceso para que sepas en qué momento va tu caso.

Abogada Taína Oliva
Guías en profundidad

Guías completas por materia

Artículos detallados, escritos por mí, para que entiendas tu tema a fondo.

Resumen rápido

Trámites paso a paso

I

Derecho de Familia

Requiere mediación previa

¿Qué es? Es el aporte económico destinado a cubrir las necesidades de vida de los hijos: alimentación, salud, educación, vestuario, vivienda y recreación.

Quién puede pedirla

  • El hijo o hija, representado por quien lo tiene a su cuidado.
  • Se puede demandar aunque el otro progenitor no tenga trabajo formal: la ley presume que puede generar ingresos.

El proceso, paso a paso

  1. Mediación previa obligatoria. Si hay acuerdo, se aprueba ante el tribunal y tiene valor de sentencia; si no, se emite el certificado de mediación frustrada.
  2. Demanda ante el Juzgado de Familia (por tu abogada, vía Oficina Judicial Virtual), acompañando el certificado.
  3. Alimentos provisorios: con el solo mérito de la demanda, el tribunal fija un monto que rige durante el juicio. El demandado tiene 5 días hábiles para oponerse.
  4. Audiencias preparatoria y de juicio: se acreditan las necesidades del hijo y la capacidad económica del demandado.
  5. Sentencia que fija el monto definitivo (en pesos, porcentaje o UTM). Se puede pedir la retención directa del sueldo.
  6. Cumplimiento: ante el no pago hay apremios (retención, arraigo, suspensión de licencia, arresto) e inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Documentos que necesitas

  • Certificado de nacimiento del hijo/a.
  • Certificado de mediación frustrada.
  • Comprobantes de gastos del menor (colegio, salud, etc.).
  • Antecedentes de los ingresos del demandado, si los tienes.
  • Tu cédula de identidad.

Bueno de saber: se puede pedir aumento o rebaja si cambian las circunstancias, y las pensiones adeudadas generan intereses y no se borran solas.

Sin audiencia (art. 64 bis LTF)

¿Qué es? Es el término del matrimonio cuando ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse. Es la vía más rápida y menos desgastante.

Requisitos

  • Cese de convivencia de al menos 1 año.
  • Un acuerdo completo y suficiente que regule los efectos respecto de los hijos y entre los cónyuges.

El proceso, paso a paso

  1. Acreditar el cese de convivencia.
  2. Elaborar el acuerdo completo y suficiente: regula alimentos, cuidado personal y relación directa y regular de los hijos, más materias entre cónyuges (por ejemplo, compensación económica). Puede resolverse antes por mediación/sentencia previa o pactarse en la misma demanda.
  3. Presentar la demanda conjunta de divorcio ante el Juzgado de Familia, con el acuerdo.
  4. El tribunal revisa que el acuerdo sea completo (que abarque todo) y suficiente (que proteja a los hijos y al cónyuge más débil). Conforme al art. 64 bis, puede resolverse sin audiencia.
  5. Sentencia de divorcio y su inscripción en el Registro Civil.

Documentos que necesitas

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de los hijos.
  • Acuerdo completo y suficiente.
  • Antecedentes del cese de convivencia.
  • Cédulas de identidad de ambos.

Bueno de saber: solo quedas legalmente divorciada/o cuando la sentencia se inscribe en el Registro Civil. También puede pedirse compensación económica.

Consultar mi caso
Con audiencia · No requiere mediación (el divorcio)

¿Qué es? Es el divorcio que pide uno solo de los cónyuges, sin necesidad del consentimiento del otro.

Requisitos

  • Cese de convivencia de al menos 3 años continuos.

El proceso, paso a paso

  1. Reunir la prueba del cese de convivencia (testigos, documentos).
  2. Presentar la demanda de divorcio unilateral ante el Juzgado de Familia.
  3. Notificar al otro cónyuge, que puede oponerse.
  4. Audiencias preparatoria y de juicio; se rinde la prueba y se regulan los efectos respecto de los hijos, si los hay.
  5. Sentencia y su inscripción en el Registro Civil.

Documentos que necesitas

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de los hijos.
  • Antecedentes del cese (testigos, documentos).
  • Tu cédula de identidad.

Cláusula de dureza: si quien pide el divorcio no pagó alimentos a su cónyuge e hijos pudiendo hacerlo, el tribunal puede rechazar la demanda. También puede solicitarse compensación económica, y los temas de hijos pueden requerir mediación.

Consultar mi caso
Requiere mediación previa

¿Qué es? Determina con quién viven principalmente los hijos y quién asume su crianza diaria. Puede ser de uno de los padres o compartido, siempre según el interés superior del niño.

El proceso, paso a paso

  1. Mediación previa obligatoria.
  2. Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de Familia.
  3. Pueden decretarse medidas provisorias sobre el cuidado mientras dura el juicio.
  4. Audiencias; informes del Consejo Técnico; se escucha al niño según su edad y madurez.
  5. Sentencia que resuelve el cuidado personal.

Documentos que necesitas

  • Certificado de nacimiento del hijo/a.
  • Certificado de mediación frustrada (si no hubo acuerdo).
  • Antecedentes que respalden el mejor cuidado del niño.
  • Tu cédula de identidad.

Bueno de saber: tener el cuidado personal no priva al otro padre de la relación directa y regular, y puede modificarse si cambian las circunstancias.

Consultar mi caso
Requiere mediación previa

¿Qué es? Es el derecho de los hijos a mantener un vínculo y contacto periódico con el padre o madre con quien no viven a diario.

El proceso, paso a paso

  1. Mediación previa obligatoria para acordar días, horarios, fines de semana, vacaciones y fechas especiales.
  2. Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de Familia.
  3. Medidas provisorias si es necesario.
  4. Audiencias; se resuelve según el interés superior del niño.
  5. Sentencia que fija el régimen. Si no se cumple, se puede exigir su cumplimiento.

Documentos que necesitas

  • Certificado de nacimiento del hijo/a.
  • Certificado de mediación frustrada (si no hubo acuerdo).
  • Una propuesta de régimen (días y horarios).
  • Tu cédula de identidad.

Bueno de saber: es un derecho del hijo, no solo del adulto; el incumplimiento reiterado puede tener consecuencias.

Consultar mi caso
No requiere mediación

¿Qué es? Es el permiso para que un niño, niña o adolescente salga de Chile cuando viaja sin uno o ambos padres, o cuando el otro progenitor no autoriza.

El proceso, paso a paso

  1. Intentar la autorización voluntaria del otro progenitor ante notario.
  2. Si se niega, no aparece o no hay acuerdo, presentar la solicitud de autorización judicial ante el Juzgado de Familia.
  3. Audiencia; el tribunal resuelve considerando el interés del niño y el motivo del viaje.

Documentos que necesitas

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Datos del viaje (fechas, destino y con quién viaja).
  • Antecedentes de la negativa del otro progenitor.
  • Tu cédula de identidad.

Bueno de saber: gestiónalo con anticipación, porque estos permisos pueden demorar.

Consultar mi caso
II

Derecho Civil

No requiere mediación

¿Qué es? Es el trámite que reconoce legalmente quiénes son los herederos de una persona fallecida y les permite disponer de sus bienes. Sin ella, la herencia queda "congelada".

Dos vías

  • Sin testamento (intestada): se tramita en el Registro Civil.
  • Con testamento (testada): se tramita ante el tribunal.

El proceso, paso a paso (sin testamento)

  1. Reunir los antecedentes del causante y de los herederos.
  2. Solicitar la posesión efectiva en el Registro Civil (presencial o en línea) y pagar el arancel.
  3. El Registro Civil dicta la resolución, la publica y la inscribe.
  4. Hacer el inventario de bienes; si corresponde, pagar el impuesto a la herencia.
  5. Inscribir los inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de los herederos.

Documentos que necesitas

  • Certificado de defunción del causante.
  • Certificados que acrediten el parentesco (matrimonio, nacimiento).
  • Individualización de los bienes (inscripciones, vehículos, cuentas).
  • Cédulas de los herederos.

Bueno de saber: sin la posesión efectiva no se pueden vender ni transferir los bienes heredados.

Consultar mi caso
No requiere mediación

¿Qué es? Es la rectificación del nombre o apellidos en el Registro Civil en los casos que la ley permite.

Causales típicas

  • Nombre o apellidos que causan menoscabo o son motivo de burla.
  • Haber sido conocido/a por otro nombre por más de cinco años.
  • Otras causales que contempla la ley.

El proceso, paso a paso

  1. Verificar la causal legal aplicable a tu caso.
  2. Presentar la solicitud por la vía correspondiente.
  3. Cumplir publicaciones u oposiciones si proceden.
  4. Resolución y rectificación de la partida en el Registro Civil.

Documentos que necesitas

  • Certificado de nacimiento.
  • Antecedentes que acrediten la causal.
  • Tu cédula de identidad.

Bueno de saber: por regla general el cambio de nombre se puede pedir una sola vez; existen reglas especiales para la identidad de género.

Consultar mi caso

Esta información es orientación general y puede variar según tu caso particular y cambios en la ley. No reemplaza una asesoría personalizada. Para tu situación concreta, escríbeme.

Cómo funciona

Etapas del proceso de familia

Para que sepas en qué momento va tu caso. Esta es la hoja de ruta general de un juicio ante el Juzgado de Familia.

Mediación previa

En las materias de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular es obligatoria antes de demandar. Si las partes llegan a acuerdo, este se aprueba y tiene valor de sentencia; si no lo hay, se emite el certificado de mediación frustrada, que habilita para presentar la demanda.

Demanda o denuncia

La regla general es que el proceso comienza con la demanda. En violencia intrafamiliar (VIF) y en medidas de protección de niños, niñas y adolescentes puede iniciarse por denuncia o requerimiento, incluso sin abogado en un primer momento por la urgencia de proteger.

Resolución y notificación

El tribunal acoge la demanda a tramitación, fija la fecha de la audiencia y ordena notificar a la otra parte. Ya en esta etapa el juez puede decretar medidas provisorias mientras dura el juicio —por ejemplo, alimentos, cuidado personal o relación directa y regular provisorios— para proteger al niño desde el inicio.

Audiencia preparatoria

Es la audiencia que ordena el juicio, y en ella ocurren tres cosas clave: la conciliación, en que el juez propone bases de acuerdo para intentar resolver sin llegar a juicio; la fijación de los hechos a probar; y el ofrecimiento de la prueba, donde cada parte señala los medios con que probará (testigos, documentos, informes, etc.).

⚠ Por regla general, después de esta audiencia ya no se puede ofrecer nueva prueba.

Audiencia de juicio

Se rinde la prueba ofrecida: declaran los testigos, se exhiben los documentos y se incorporan los informes. Luego cada parte expone sus argumentos finales ante el juez.

Sentencia

El tribunal resuelve el asunto ponderando toda la prueba y, cuando hay niños involucrados, resguardando siempre su interés superior.

Recursos

Si la ley lo permite, la sentencia puede impugnarse, principalmente a través del recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones.

Cumplimiento y ejecución

Firme la sentencia, se hace cumplir lo resuelto: por ejemplo, la retención de la pensión directamente del sueldo, o medidas de apremio (como arraigo o arresto) frente al incumplimiento.

Medidas provisorias

Mientras se resuelve el fondo, el tribunal puede fijar tempranamente alimentos provisorios, cuidado personal provisorio y relación directa y regular provisoria, para no dejar al niño desprotegido durante el juicio.

Alimentos provisorios: se fijan con el solo mérito de la demanda, y el demandado tiene 5 días hábiles desde la notificación para oponerse.

Divorcio de común acuerdo — sin audiencia

Cuando ambos cónyuges están de acuerdo, el divorcio se tramita de forma más simple: conforme al artículo 64 bis de la Ley de Tribunales de Familia, el tribunal puede resolverlo sin audiencia si el acuerdo cumple los requisitos.

Se necesita acreditar un cese de convivencia de al menos un año y presentar un acuerdo completo y suficiente que regule los alimentos, el cuidado personal y la relación directa y regular de los hijos, además de las materias entre los cónyuges.

Esas materias pueden haberse resuelto antes —por mediación o por una sentencia previa— o pactarse directamente en la misma demanda de divorcio. Y en todo divorcio puede solicitarse compensación económica.

Divorcio unilateral y por culpa

Estos divorcios sí siguen el procedimiento con audiencia preparatoria y de juicio. En ambos puede pedirse compensación económica para el cónyuge que, por dedicarse al hogar o a los hijos, no pudo desarrollarse laboralmente.

Existe además una defensa importante para el cónyuge demandado, la cláusula de dureza: si quien pide el divorcio no pagó, durante el cese de convivencia, las pensiones de alimentos que debía a su cónyuge e hijos pudiendo hacerlo, el tribunal puede rechazar la demanda de divorcio. Así, el incumplidor no se beneficia de su propio incumplimiento.

Plazos clave

  • Oposición a los alimentos provisorios: 5 días hábiles desde la notificación.
  • Cese de la pensión de alimentos: por regla general se deben hasta los 21 años, o hasta los 28 si el hijo cursa una profesión u oficio; también cesan si cambian las circunstancias. El cese debe solicitarse.
  • Impugnación de la filiación: los plazos varían según quién la ejerce y la causal; por regla general, en torno a un año desde el conocimiento del parto o de los hechos, o desde que el hijo alcanza la plena capacidad.
  • Nulidad del acto de reconocimiento: por vicio del consentimiento (error, fuerza o dolo), la acción prescribe en un año, contado desde el reconocimiento o desde que cesó la fuerza.

Información de orientación general; los plazos y requisitos pueden variar según tu caso y reformas legales.

¿Listo para empezar tu trámite?

Te acompaño en cada paso. La primera orientación es gratis.

Escríbeme por WhatsApp